Cronología Historica.- Siglos XIII al XX - 2

Segundo envío)

novbre, 28
Según aseguran documentos de mediados del siglo XIV y sigloXV, en nuestras costas y playas la pesca abundaba en cantidad y calidad en aguas poco profundas, mientras se conservó un equilibrio biológico y que la extracción abusiva lo ha hecho descender hasta, practicamente su desaparición. La pesca se realizaba con artes elementales entre la que más destacaba era el "BOLIG". Por ello y según se reseña en el doumento fechado segun se cita, L’onrat consell de la vila de Castello per be, profit e util.litat de la cosa publica per ço com lo pex qui ve de parts lunyadans ans que sie a la vila sie ja quasi gastat e soframat e per ço encara com lo pex nol porten al día dels digunis, stabli e ordena que pagel, dentol, sorel e altre pex de bolig que sie pescat dues legues ultra vila de Castello que al día de ram nol gos vendré sino a iii diners la liura, lo qual pex sie bo e fresch a coneguda dels jurats e mustaçaf.
ítem la ravalla als dies dels dits dies de ram la qual sie bona o frescha a coneguda dels dits juráts e mustaçaf ço es a ii diners la liura.
(dado que el pescado que viene de partes lejanas, antes de que llegue a la Vila, ya está gastado y requemado dado que no lo traen en los días de ayuno, se establece y se ordena que el pagel, dentol, jurel y otros peces de bolig que sea pescado dos leguas dentro de las aguas de la villa de Castellón, que el día de ramos no lo vendan sino a III dineros la libra, lo que dicho pescado sea bueno y fresco, con conocimiento de los jurados y del mustaçaf.
Item la ravalla, a los días de dichos días de ramos, que sea buena y fresca, con conocimiento de los jurados y mustaçaf, esto es a II dineros la libra......)
Ya se tenía en cuenta la procedencia del pescado, si de la costa o de la “llunyanía”, el peix sie ja gastat e soframat.....

1390
El consejo dictará a los patrons de naus e vexells que no debían carregar en lo port de la vila, pega.

1390
febrero, 06
Los Jurados ordenan al notario Tahuenga que marche como síndico al Batle General para presentarle los privilegios de la villa y al mismo tiempo que Bernat Cabeça vaya como mensajero de la queja, al Rey.

1390
abril, 14
Establiment. Pescadores que venden pescado en Castellón. Diferentes clases de pescado que se podrán vender hasta San Miguel.
ítem l.onrat consell de la vila de Castelló per ço que la dita universitat sie be abundada de bon pex en los dies divendres, disaptes e digunis per ço com sie enseguit que los pescadors porten lo pex a la plaça als dies de carnal e no.l volen portar als dits dies de divendres, disaptes e digunis, stablí e ordena que los pescadors e altres qualsevol persones qui portaran o portar faran pex per vendré en la dita vila als dies de divendres, disaptes e digunis puxen vendre pex en los dies de menjar carn. Et si als dits dies de divendres e disaptes e digunis no portará lo pex que pendran per vendré a la dita vila, que lo mustaçaf qui ara es o per temps será mane aquells ab manaments penáls e altres deguts expresament que traguen los dits pex de la plaça de la dita vila e terme de aquella e manar semblantment sots certa pena que dels dits pex non vene en la dita vía e son terme. Et encara que sie contrafeyt que lo dit mustaçaf leu les penes que feytes hauran ab acusador o sens acusador.
ítem lo dit consell acordá que aquells qui servaran la dita ordenació puxen vendré los dits pexs al for ordenat en lo libre del mustaçaf en lo temps del carnal e no a altre for, en pena de LX sous.
ítem acordá lo dit consell que d.ací a la festa de sent Miquel primervinent no gossen portar per vendré en la dita plaça ne en altre loch de la dita vila, e açó en pena de LX sous, ço es, canel, squat, muçola, mila, pastrills, romiguera, mantells, truges, ca marí.
En aprés dijous que ere comptat a XXVIII de abril del any de la nativitat de nostre Senyor M CCCLXXXX l.onrat en Bemat Pinell, lochtinent de batle, fermá los dessús stabliments salvu dret de senyor.

1391
setbre, 5
Por los honorables jurados fue propuesto que habiendo algunos pescadores del término de esta vila que solamente traían al mercado un cesto, y bastante pequeño, de la pesca capturada y el resto lo vendían a revendedores, quienes lo destinaban fuera de esta vila, con lo cual estaba desabastecida de pescado, suplicaban a dicho consejo hiciese constar a esos pescadores, no vendiesen dicho pescado a revendedores si éstos no lo traían a vender a la vila, con penas para los pescadores, quienes podian vender el pescado a buen precio.

1392
Un acuerdo municipal por el que consta el pago a un vecino por haber ido cinco días ab los homens que's dien monteros a les marjals per mostrar a aquells los pasos e per ajudarlos a cremar les marjals. Todo ello con la finalidad de dar batidas contra los porcs senglars, que tanto daño hacían a las cosechas. Los monteros eran cazadores profesionales que el consell contrataba con el indicado fin.

1392
novbre, 4
A veces era algún acontecimiento extraordinario el que justificaba medidas especiales con respecto a la venta de pescado. Así, con esta fecha, ante la inminencia de la visita del rey y porque hale aquell dit senyor e ses companyes tota aquella abundancia de viandes que s mereix (tenga aquel dicho señor y su compañía toda la abundancia de manjares que se merecen); atendiendo además de que en los pueblos vecinos el precio es más elevado, y con lo objeto, enfin, de estimular a los pescadores perquè haien mes causa (para que tengan más causa) se establece nueva ordenación de precios pero con referencia solo a las más elegidas especies de pescados.

(...sigue)

No hay comentarios:

Publicar un comentario